La eficiencia energética es un objetivo común, y el cambio de ventanas es una forma efectiva de lograrlo. En este artículo, exploraremos las deducciones fiscales actuales en el IRPF para el cambio de ventanas en España. Desde las viviendas elegibles hasta las obras autorizadas, te guiamos a través de las claves para ahorrar en impuestos y energía.
En qué Viviendas Puedes Realizar las Obras
Las ayudas para el cambio de ventanas están disponibles para viviendas habituales. Esto incluye tanto viviendas principales como segundas residencias, siempre y cuando estas últimas sean destinadas a uso de alquiler y cumplan con ciertos requisitos de habitabilidad.
En el caso de segundas viviendas destinadas a uso de alquiler, estas deberán estar alquiladas o que dicha vivienda se alquile antes del 31 de diciembre de 2025.
No aplicarán en la deducción aquellas reformas que se lleven a cabo en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas u otros elementos análogos, ni en la parte de la vivienda que esté afecta a una actividad económica.
Obras que Dan Derecho a la Deducción
Para acceder a las deducciones fiscales por cambio de ventanas, las obras deben estar enfocadas en mejorar la eficiencia energética de la vivienda. Esto incluye la sustitución de ventanas antiguas por ventanas con mejores propiedades aislantes, como vidrios de bajo emisivo y marcos de alta eficiencia. Además, es importante que la instalación de las nuevas ventanas cumpla con la normativa vigente y las características técnicas que permitan la reducción del consumo energético.
Plazo para Realizar las Obras
Estas deducciones podrán ser solicitadas para aquellos proyectos realizados la entrada en vigor del Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria (06 de octubre de 2021), hasta el 31 de diciembre de 2024.
Periodo Impositivo para Aplicar la Deducción
La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras. Cuando el certificado se expida en un período impositivo posterior a aquél en el que se abonaron cantidades por tales obras, la deducción se practicará en este último tomando en consideración las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, hasta el 31 de diciembre de dicho período impositivo. En todo caso, dicho certificado deberá ser expedido antes de 1 de enero de 2025.
Base y Porcentaje de Deducción
- Hasta un 20 % y un máximo de 5.000 euros anuales. Actuaciones a nivel de vivienda
Será aplicable en actuaciones de reforma que reduzcan al menos un 7 % la demanda global en calefacción y refrigeración, acreditable a través de la reducción de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda en el Certificado de Eficiencia Energética expedido después de la realización de las obras con respecto al expedido antes del inicio de las mismas.
- Hasta un 40 % y un máximo de 7.500 euros anuales. Actuaciones a nivel de vivienda en edificio plurifamiliar
Esta deducción aplica en el caso de que la vivienda tras la reforma reduzca al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o aquellas que consigan alcanzar la clase energética «A» o «B» en el Certificado de Eficiencia Energética expedido después de la realización de las obras con respecto al expedido antes del inicio de las mismas.
Pregunta: Las deducciones descritas, ¿son acumulables?
Respuesta: Las deducciones son incompatibles entre sí respecto de la misma obra.
Qué documentación es necesaria
La mejora en la eficiencia energética se debe acreditar mediante un Certificado de Eficiencia Energética (CEE) de la vivienda emitido por un técnico competente antes del inicio de las obras (será válido el emitido como máximo en los dos años anteriores) y otro Certificado de Eficiencia Energética (CEE) realizado al final de las obras.
Así mismo será necesario incluir entre la documentación un justificante de la actuación de reforma, como podría ser la factura.

En un momento en el que la eficiencia energética y la sostenibilidad son esenciales, las deducciones fiscales por el cambio de ventanas ofrecen una vía para promover estas metas mientras alivian la carga fiscal de los propietarios de viviendas en España. El Real Decreto-ley 19/2021 establece las bases para esta oportunidad, permitiéndote mejorar el aislamiento y la eficiencia energética de tu hogar y, al mismo tiempo, obtener un beneficio fiscal.
A lo largo de este artículo, hemos explorado en detalle las características clave de estas deducciones, desde las viviendas elegibles y las obras autorizadas hasta los plazos, porcentajes de deducción y documentación necesaria. Ahora, tienes el conocimiento necesario para tomar decisiones informadas y aprovechar al máximo esta ventaja fiscal.
Sin embargo, es fundamental recordar que, para beneficiarse plenamente de estas deducciones, es aconsejable buscar asesoramiento profesional. Un experto en asuntos fiscales y de eficiencia energética puede ayudarte a planificar y llevar a cabo las obras de manera óptima, asegurándote de que cumplen con los requisitos legales y fiscales.
Más información
En nuestra entrada Deducción IRPF cambio de ventanas: AMPLIACION DE PLAZO puedes consultar el actual plazo de aplicación de estas deducciones.
Si deseas acceder a información adicional y detallada sobre las deducciones fiscales por el cambio de ventanas en España, te recomendamos consultar directamente el Real Decreto-ley 19/2021
Real Decreto-ley 19/2021 de 5 de octubre
También os dejamos el enlace a esta guía sobre las desgravaciones fiscales para rehabilitación de viviendas y edificios creada por el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España y el Consejo General de Economistas de España.
Guía sobre desgravaciones fiscales para rehabilitación de viviendas y edificios residenciales
Este año 2023, ¿puede desgravarme la compra de ventanas Madrid , si no tengo verificado energético de vivienda?.
Estimado Perez,
La mejora en la eficiencia energética se debe acreditar mediante un Certificado de Eficiencia Energética de la vivienda antes del inicio de las obras (será válido el emitido como máximo en los dos años anteriores) y otro Certificado de Eficiencia Energética realizado al final de las obras., sin dichos certificados no puede solicitarse las deducciones del IRPF.
Para obtener más información o consultar su caso concreto le recomendamos que se ponga en contacto con profesional cualificado en estas ayudas.
Buenas tardes, Me surge una duda en cuanto al criterio de aplicación de las deducciones.
La base máxima de deducción de 5.000 o 7.500 respectivamente según el supuesto, significaría que este sería el importe máximo a deducir en renta siempre que no se tope el 20 o 40%, o que este es el importe máximo dentro de las facturas a los que aplicar los porcentajes de deducción?
En este caso entonces, que si la reforma alcanzó un importe superior y se cumplen los requisitos previos, en el supuesto de disminución de la demanda energética de calefacción y refrigeración se podrían deducir un máximo de 1.000 € y en el supuesto de reducción del indicador de consumo de energía primaria no renovable un máximo de 3.000€. ¿Sería correcta esta interpretación?
Muchísimas gracias por su tiempo.
Buenos días,
El importe de la base de deducción se obtiene de sumar los conceptos fiscalmente deducibles y restar el importe de la subvención (si la hubiese), con un tope máximo de 5.000 o 7.500 euros dependiendo de cada caso.
Sobre la base de deducción se aplicará un porcentaje de deducción fiscal del 20% (deducción máxima de 1.000€) o del 40% (deducción máxima 3.000€) dependiendo del supuesto.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Acabo de cambiar las ventanas de toda la casa . Me han puesto además mosquiteras. Las mosquiteras desgravan también? O tengo que desglosarlas y restarlas del coste total para la desgravación en la renta del año próximo ?
Buenos días,
Para poder beneficiarse a las deducciones tiene que producirse una mejora en la eficiencia energética de la vivienda. Le recomendamos que consulte con el proveedor de las mosquiteras si las que le han instalado afectan en algo a esta mejora energética que se requiere, ya que si no producen ninguna mejora no pueden desgravarse.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Gracias por compartir con todos nosotros toda esta interesante información. Con estos granitos de arena hacemos màs grande la montaña Internet. Enhorabuena por esta web.
Saludos
Buenas tardes. ¿Los toldos son deducibles de la renta? Gracias.
Buenos días,
Para poder beneficiarse a las deducciones tiene que producirse una mejora en la eficiencia energética de la vivienda. Le recomendamos que consulte con su proveedor para conocer si esta instalación afecta en algo a esta mejora energética que se requiere, ya que si no producen ninguna mejora no pueden desgravarse.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Si la vivienda no es residencia habitual y no está alquilada porque vive mi hijo, es imposible que lo acepten?
Buenos días,
Tal y como establece la ley solo se podrá optar a la deducción siempre y cuando se trate de vivienda habitual o que este arrendada para uso como vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que, en este caso, se alquile antes de 31 de diciembre de 2025.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Buenas tardes, en el cuadro donde ponen el tipo de porcentaje etc, en el apartado “ certificado después de obra” pone antes del 01/01/2024 con menos de dos años de diferencia del CCE del inicio, la pregunta es ¿la fecha es correcta,? Porque en ese caso no sería posible la deducción en el IRPF en 2025 , si se hiciera este año 2024 el cambio de ventanas. Gracias de antemano por su contestación.
Buenos días,
La información indicada en la tabla es la que se disponía en octubre de 2023.
No obstante, el 27 de diciembre de 2023 se aprobó en el articulo 16 del Real Decreto-ley 8/2023, la ampliación de la Deducción en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, pasando a estar vigentes hasta el 31 de diciembre de 2024.
Debido a esta ampliación el plazo para la presentación del «certificado después de obra» pasa a tener que ser expedido antes de 1 de enero de 2025.
En nuestro post https://www.ventanasrecar.es/blog/deduccion-irpf-cambio-de-ventanas/ tiene toda la información y el enlace al Decreto-ley 8/2023.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Hola, ¿son compatibles la deducción y la solicitud de ayudas que ya se realizó en la instalación? Aunque todavía no cobrada…
Buenos días,
Las deducciones del IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética son compatibles con las subvenciones de los Fondos Next.
No obstante hay que descontar el importe de la ayuda de la base de deducción.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Buenos días. Podría decirme el cambio de una sola ventana que cambie yo mismo para quitar una antigua que dejaba pasar mucho aire? Tengo la factura de la ventana,pero no he solicitado ningún certificado. La ventana la cambie yo mismo. Muchas gracias
Buenos días,
Para poder beneficiarse de la desgravación fiscal necesita tener un Certificado de Eficiencia Energética (CEE) de la vivienda emitido por un técnico competente anterior al inicio de las obras y además solicitar otro Certificado de Eficiencia Energética (CEE) realizado al final de las obras.
Si dispone de estos certificados y cumple con el porcentaje de reducción de la demanda exigido por el Real Decreto (puede consultar las condiciones en la página del BOE del Decreto-ley https://www.boe.es/boe/dias/2021/10/06/pdfs/BOE-A-2021-16230.pdf) podrá solicitar la deducción del IRPF.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Tengo los certificados de eficiencia energética y las facturas por cambio de ventanas, quisiera saber cual es la casilla en la declaración para poner mi gasto y la deducción correspondiente, modificando así el borrador.
Buenas tardes,
Los datos relativos a las deducciones por mejora de la eficiencia energética tienen que indicarse en el apartado «Deducciones generales» y dentro de este el apartado «Por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas»
En nuestra entrada https://www.ventanasrecar.es/blog/como-anadir-la-deduccion-de-irpf-en-mi-declaracion-de-la-renta/ tiene más información al respecto.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Buenos días, me colocaron las ventanas final de 2022, PVC y cristales homologados, se envió toda la documentación para la subvención de los Fondos Next ,estoy pendiente de recibir la documentación de aceptación de Resolución de Concesión. Mi pregunta es: Pido el certificado energético e incluyo en esta declaración 2023 los gastos ocasionados de ventanas, estudio de arquitectura etc.. O tengo que esperar que me contesten afirmativo o negativo los Fondos Next y pasar al año 25 en dicha declaración. En definitiva, son compatible una cosa con otra. No quiero que se pase el periodo de deducciones ya que la obra se realizó a final del 22 como comento.
Agradezco su colaboración y espero me aclare esta duda.
Muchas Gracias
Buenas tardes,
Las deducciones del IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética son compatibles con las subvenciones de los Fondos Next.
No obstante hay que descontar el importe de la ayuda de la base de deducción.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Buenos días, el año pasado puse toldos en todas las ventanas de mi casa ¿son deducibles?
Buenas tardes,
Ya que no somos especialistas en toldos le recomendamos que haga la consulta con la empresa con la que realizó la instalación.
Buenos días,
Para poderse aplicarse la deducción por un cambio de las ventanas en una segunda residencia creo que se señala que debe ser alquilada. En mi caso, efectivamente la alquilo durante unos dos meses en verano y el resto es también para mi uso vacacional.
Para este tipo de situaciones, no sé si es posible la deducción o si hay una normativa más detallada para estos casos.
También, entiendo que este tipo de alquiler de unos solo dos meses, haya que declararlo en el IRPF anual.
Gracias anticipadas y un saludo.
Buenas tardes,
El Real Decreto establece que la deducción por mejora de la eficiencia energética podrá realizarse en la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda con arreglo a la legislación sobre arrendamientos urbanos, de modo que su destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario, es decir este destinada a alquiler como vivienda habitual.
Por lo que si solo se alquila durante el periodo estival no es posible solicitar la subvención.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Buenos días, me gustaría saber cómo he de proceder en la declaración de la renta si solicité las ayudas por el cambio de ventanas (y tengo todos los certificados), pero todavía estoy pendiente de saber si me han concedido la subvención o no.
Muchas gracias.
Buenas tardes,
Si se refiere a la deducción de IRPF esta debe realizarse en el periodo impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de las obras.
En todo caso, el certificado deberá ser expedido antes de 1 de enero de 2025.
Buenas tardes, muchas gracias por este articulo con la información.
Me surge una duda, sabrían decirme si el porcentaje exigido para reducción de al menos un 7 % de la demanda global en calefacción y refrigeración es sumando los porcentajes de mejora de ambos conceptos o si se necesita cumplir con un mínimo de mejora del 7% para calefacción y a la vez un mínimo de mejora del 7% para refrigeración, es decir, si la mejora en calefacción es del 5% por ejemplo y la de refrigeración es del 4%, cumpliría con la condición, por sumar entre ambas más del 7% de mejora, o sólo se cumple sin ambas son cómo mínimo el 7%.
Muchas gracias de antemano y un saludo
Buenas tardes,
Se podrá optar a deducción siempre y cuando en actuaciones de reforma se reduzca al menos un 7 % la demanda global en calefacción y refrigeración, acreditable a través de la reducción de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda en el Certificado de Eficiencia Energética. En la ley no se especifica que ese porcentaje tenga que ser en cada concepto si no en global.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Si las obras comienzan en 2024, pero no terminan hasta enero de 2025, fecha en que se emitiria el nuevo certificado energético, me deducirá en la renta 2024?
Buenos días,
El momento de realizar la deducción es en el período impositivo en el que se expida el certificado energético realizado tras la finalización de las obras.
Este certificado tiene que estar expedido antes del 01/01/2025, tal y como se especifica en el articulo 16 del Real Decreto-ley 8/2023.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Hola, en el caso de que ya tenga facturas, certificados energeticos del cambio de ventanas antes de Diciembre 2024 pero el alquiler de la vivienda se haga efectivo el 1 de Enero de 2025, habrá algún problema para la desgravación en la declaración de 2024?
Buenos días,
Según indica el BOE «En el caso de segundas viviendas destinadas a uso de alquiler, estas deberán estar alquiladas o que dicha vivienda se alquile antes del 31 de diciembre de 2025», por lo que en su caso si el alquiler se realiza el 1 de enero estaría cumpliendo este requisito.
Así mismo la deducción tendría que hacerla en la declaración de 2024, ya que la deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras.
Esperamos que esta información haya aclarado sus dudas.
Muchísimas gracias. Muy claro!